El peticionario debe ser residente permanente de los EE. UU. (titular de la Green Card ) y estar legalmente casado con el cónyuge beneficiario.
El cónyuge beneficiario debe encontrarse actualmente en los Estados Unidos y ser elegible para solicitar el Ajuste de Estatus.
El solicitante debe demostrar capacidad financiera suficiente para patrocinar a su cónyuge.
Ni el peticionario ni el beneficiario deben tener infracciones migratorias graves ni antecedentes penales que pudieran generar problemas de inadmisibilidad.
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Presentación: Una vez revisada y finalizada, su solicitud se prepara para su presentación ante el USCIS, asegurándose de que todo esté debidamente organizado, sea coherente y esté listo para su revisión por parte del funcionario.
Claridad en cada paso: qué está incluido y qué no
Historial de casos tramitados según el USCIS
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Testimonios de personas como usted que lograron su objetivo.
Respuestas claras a las preguntas más frecuentes de nuestros clientes
Sí, siempre que hayas ingresado legalmente al país y exista un “visa availability” inmediato en la categoría F2A. No puedes ajustar si entraste sin inspección o si estás fuera de estatus, salvo excepciones muy específicas.
Sí. A diferencia de los ciudadanos americanos, los residentes permanentes deben esperar que la fecha de prioridad esté vigente para poder presentar el Ajuste de Estatus.
Sí. Durante el trámite del ajuste de estatus, su cónyuge puede solicitar un permiso de trabajo (EAD) y un permiso de viaje anticipado (Advance Parole). Estos documentos le permitirán trabajar y viajar legalmente mientras espera la decisión final, siempre y cuando la fecha de prioridad se encuentre vigente.
Si el peticionario se naturaliza, el caso automáticamente pasa a ser categoría inmediata (IR1/CR1), eliminando las esperas por disponibilidad de visas y acelerando el proceso.