La nueva regla que buscaba eliminar el Duration of Status para F-1 y J-1 quedó temporalmente bloqueada. Conoce qué está vigente y qué debes hacer ahora.
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La nueva regla migratoria que buscaba reemplazar el sistema de Duration of Status (D/S) para estudiantes internacionales, visitantes de intercambio y representantes de medios extranjeros no entró en vigor el 15 de septiembre de 2026 como estaba previsto.
El 14 de septiembre, un juez de un tribunal federal de Massachusetts emitió una orden preliminar que pospuso la entrada en vigor de la regla y bloqueó temporalmente su implementación a nivel nacional mientras continúa el litigio. Por ahora, el sistema de Duration of Status (D/S) continúa vigente para las categorías afectadas.
Esto es relevante especialmente para quienes tienen estatus F-1 o J-1, porque los cambios propuestos habrían modificado la forma en que se determina cuánto tiempo pueden permanecer en Estados Unidos y algunos procedimientos académicos.
El Duration of Status (D/S) es el sistema mediante el cual determinados estudiantes y visitantes de intercambio son admitidos en Estados Unidos sin una fecha fija de salida en su Formulario I-94.
En términos generales, para un estudiante F-1, el D/S está vinculado al período necesario para completar su programa académico y, cuando corresponde, la capacitación práctica autorizada, siempre que mantenga las condiciones de su estatus. Para un visitante J-1, está relacionado con la duración de su programa autorizado y el período permitido para salir del país.
Es importante distinguir visa y estatus. La visa F-1 o J-1 permite solicitar entrada a Estados Unidos; el estatus determina las condiciones bajo las cuales una persona puede permanecer en el país una vez admitida.
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) publicó la regla final el 17 de julio de 2026, bajo el título Establishing a Fixed Time Period of Admission and an Extension of Stay Procedure for Nonimmigrant Academic Students, Exchange Visitors, and Representatives of Foreign Information Media. Su fecha de entrada en vigor estaba fijada para el 15 de septiembre de 2026.
La regla buscaba sustituir el D/S por períodos fijos de admisión, registrados mediante una fecha específica de finalización en el Formulario I-94.
El cambio involucraba principalmente a:
Estudiantes académicos.
Visitantes de intercambio, incluidos determinados estudiantes, investigadores, profesores y participantes de otros programas.
Representantes de medios de información extranjeros.
Para F-1 y J-1, la regla contemplaba períodos de admisión vinculados al programa, con un límite general de hasta cuatro años. Quienes necesitaran permanecer más tiempo tendrían que solicitar una extensión de estadía ante USCIS.
Además, para los estudiantes F-1 se contemplaban cambios relacionados con transferencias entre instituciones, cambios de objetivos educativos y determinados cambios de programa. La regla también habría reducido de 60 a 30 días el período de gracia posterior a la finalización de estudios para determinados estudiantes F-1.
Es decir, no se trataba únicamente de cambiar una fecha en el I-94. La norma también habría modificado varios procedimientos relacionados con la permanencia y la trayectoria académica de determinados estudiantes internacionales.
En agosto de 2026, una coalición de organizaciones de educación superior y sindicatos que representan, entre otros, a docentes, estudiantes de posgrado y periodistas presentó una demanda ante el Tribunal Federal de Distrito de Massachusetts. El caso se denomina Presidents’ Alliance on Higher Education and Immigration v. U.S. Department of Homeland Security.
El 14 de septiembre de 2026, el juez federal F. Dennis Saylor IV pospuso la entrada en vigor de la regla y ordenó al Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) y a Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) detener su implementación mientras continúa el litigio.
Pero hay un matiz importante: el juez no anuló definitivamente la regla. La solicitud para dejarla sin efecto de manera definitiva fue denegada sin perjuicio de que pueda plantearse nuevamente durante el litigio. Lo que existe actualmente es una pausa judicial preliminar.
Por ahora, el sistema de Duration of Status continúa vigente.
Esto significa que la regla que debía comenzar el 15 de septiembre no está operando actualmente. Por lo tanto, las modificaciones que dependían de esa nueva normativa —como el sistema general de períodos fijos de admisión y el nuevo procedimiento de extensión asociado a ese sistema— no están vigentes mientras permanezca la orden judicial.
Un estudiante que actualmente mantiene su estatus F-1 y cumple las condiciones de su programa continúa bajo el marco de D/S.
Por ejemplo, si tu programa académico termina en mayo de 2027 y tu I-20 refleja esa fecha, la pausa de la nueva regla no te obliga, por sí sola, a solicitar ahora una extensión ante Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés). Debes seguir cumpliendo los requisitos de tu estatus y consultar con tu Funcionario Escolar Desginado (DSO, por sus siglas en ingles) si necesitas ampliar la fecha de tu programa.
Tampoco entraron en vigor las nuevas restricciones académicas previstas por la regla mientras la orden permanezca vigente.
Los visitantes J-1 también permanecen, por ahora, bajo el sistema de D/S. Esto incluye a participantes de programas de intercambio que mantienen las condiciones de su programa y cuentan con la documentación correspondiente.
Sin embargo, F-1 y J-1 no son categorías idénticas. Las obligaciones dependen del tipo de programa, la documentación migratoria y las condiciones específicas de cada caso.
La pausa judicial no elimina las obligaciones actuales de mantener el estatus.
Si tienes F-1 o J-1, es recomendable:
1. Mantener tus documentos actualizados.
Verifica que tu I-20 o DS-2019 refleje correctamente tu programa y conserva una copia reciente de tu I-94
2. Cumplir las condiciones de tu programa.
La existencia de D/S no significa que una persona pueda permanecer en Estados Unidos sin cumplir las reglas de su categoría.
3. Mantener comunicación con tu institución o programa.
Los estudiantes F-1 deben mantenerse en contacto con su Designated School Official (DSO). Los visitantes J-1 deben acudir a su Responsible Officer (RO) o al contacto correspondiente de su programa.
4. No presentar trámites únicamente por asumir que la nueva regla ya está vigente.
La regla pausada no crea, por ahora, una obligación general de solicitar la extensión que proponía.
Sí.
La decisión del 14 de septiembre es preliminar, y el caso continúa abierto. El tribunal programó una conferencia de estado para el 2 de octubre de 2026. La decisión puede ser objeto de nuevas actuaciones judiciales, incluida una posible apelación. Por eso, la situación debe seguirse con información actualizada.
En otras palabras: la regla fue publicada, pero su implementación está actualmente pausada.
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